20-09-2021
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La opción de alquilar con opción a compra está en auge y cada vez son más los interesados en ésta interesante opción.
Un contrato de alquiler con opción a compra es aquel en el que un inquilino tiene la posibilidad de adquirir el inmueble que tiene alquilado a un precio que ha sido pactado previamente, descontando del precio de venta una parte o la totalidad de las mensualidades de alquiler que ha ido pagando.
En la actualidad muchos jóvenes no pueden comprar vivienda debido a su situación laboral y económica, no disponen de ahorros inciales y los bancos no financian la totalidad de la operación. Mediante éste tipo de contrato pueden disfrutar de su vivienda desde el primer momento, sin aportar una cantidad inicial y las mensualidades de alquiler no van a fondo perdido, serán a cuenta del precio de compra venta.
Es un tipo de contrato que resulta atractivo para ambas partes, el arrendatario porque disfruta de su vivienda y a la vez invierte en su futura compra, y el arrendador porque mantiene la propiedad y mientras tanto está recibiendo rentas de alquiler.
¿Cuales son las ventajas para el comprador y vendedor? Al inquilino y posible comprador, le permite conocer bien la vivienda y la zona, y asegurarse de que se adapta a sus necesidades antes de comprarla. Y tiene la tranquilidad de que si finalmente no compra, su compromiso estará limitado a interrumpir el contrato de alquiler en las condiciones legales habituales.
En el caso del propietario o vendedor, recibe la renta de alquiler durante los meses en que está alquilada, y se asegura un precio de venta que ya ha sido pactado.
¿Que debe incluir el contrato? Es un contrato doble, alquiler y compra. En el mismo deben quedar especificado la renta de alquiler, el plazo de opción a compra, el precio de compra y las cantidades pagadas de alquiler que deberán ser descontadas del precio de compra, en el caso de que finalmente se lleve a cabo.
¿Y que ocurre si finalmente no se compra la vivienda? En ese caso, como el inquilino no tiene obligación de comprar, si llegada la fecha acordada no ejecuta la opción a compra ésta caducaría y el contrato quedaría únicamente de alquiler.
¿Quién paga el IBI en un contrato de alquiler con opción a compra?
El propietario o arrendador paga el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), a menos que se determine de otra forma en el contrato de arrendamiento. En todo caso, ser un contrato de alquiler con opción a compra no supone una diferencia con un contrato de alquiler.
En resumen, el alquiler con opción de compra es una fórmula de adquirir vivienda que puede resultar muy atractiva para ambas partes.
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